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18 mayo 2006

NI MOTOS NI QUADS EN CASTILLA LA MANCHA

Mañana sale en el diario oficial el decreto. http://www.abc.es/abc/pg060518/prensa/noticias/Toledo/Toledo/200605/18/NAC-TOL-241.asp EDICIÓN IMPRESA - Toledo La Junta prohibe fumar en los montes de la región del 1 de junio al 30 de septiembre Más medios, sanciones más duras y más dinero. Estas son las claves de la nueva campaña contra incendios que ayer presentó el consejero de Medio Ambiente VALLE SÁNCHEZ TOLEDO. Fumar estará prohibido en los montes de Castilla-La Mancha en la época de alto peligro de incendios, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, y será sancionado con multas que van de los 600 a los 6.000 euros, según desveló ayer el consejero de Medio Ambiente, José Luis Martínez Guijarro. Esta prohibición figura en el decreto que el martes aprobó el Consejo de Gobierno y que regula el uso recreativo, la acampada y la circulación de vehículos a motor en el medio natural. Además, José Luis Martínez Guijarro destacó también como novedades que se prohibe realizar fuegos y barbacoas en la época de riesgo alto y el hecho de que las motos de trial, enduro y quads, sólo podrán circular por caminos señalizados expresamente. En otras fechas, se regula la posibilidad de poder hacer uso del fuego utilizando las áreas previstas para este fin, «nunca fuera», permitiéndose la utilización de camping-gas en la barbacoa o una mesa, que esté en horizontal y separado del suelo «lo máximo posible», según dijo el consejero. Sobre la prohibición de circulación de vehículos a motor en el medio natural, recordó que se han recibido sugerencias de responsables municipales pidiendo esta regulación, con lo que se prohíbe circular fuera de los caminos con estos vehículos, y en espacios protegidos y montes, se establecen limitaciones adicionales. En concreto, no se puede circular en caminos de menos de dos metros de anchura, ni circular a más de 30 kilómetros por hora, ni con más de tres vehículos de forma simultánea salvo autorización. Tampoco se permite circular por vías pecuarias, salvo vehículos y maquinaria agrícola, mientras que las motos de trial, enduro y quads, solo podrán circular por caminos autorizados y señalizados expresamente. Se regula también los fuegos de artificio y en fiestas tradicionales que usen el fuego. «Excepcionalmente se puede permitir, mediante autorización de los delegados provinciales de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, el empleo del fuego en aquellas celebraciones populares en las que el uso del mismo forme parte fundamental de la celebración, siempre a solicitud de los ayuntamientos organizadores de los fastos y con la obligación de disponer, a su costa, con el adecuado dispositivo de vigilancia, prevención y extinción», dice la norma. El consejero también detalló algunos de los aspectos de la nueva campaña contra incendios, que presenta también muchas novedades y es fruto, según dijo Martínez Guijarro, del «compromiso del presidente Barreda de seguir avanzando en la mejora y la eficacia del sistema de prevención y lucha contra incendios forestales». La campaña en cifras La campaña de extinción en la época de peligro alto (del 1 de junio al 30 de septiembre) tendrá una duración de 122 días (44 meses), por 110 en 2005. Y la campaña complementaria pasa de 70 días en 2005 a 150 días (5 meses) en 2006. El coste de la campaña se estima en más de 70 millones de pesetas, lo que significa un 68 por ciento más respecto a 2005. Y el número de retenes terrestres asciende a 100 cuadrillas distribuidas en el territorio en función del riesgo de incendios y del factor de propiedad de los montes. Entre las novedades del plan de extinción, destaca la ampliación de los medios aéreos, en cumplimiento a las recomendaciones formuladas por la Comisión de Investigación del pasado verano tras el trágico incendio que se llevó la vida de once miembros de un retén y asoló casi trece mil hectáreas. Así, además de los ocho aviones modelo PZL A38 Dromador, se han incorporado dos unidades del modelo Air Tractor 802, de mayor capacidad de carga.